Restituyen la pena de 10 a 20 años de prisión para servidores públicos que no denuncien extorsión.
Fue aprobada por el Senado de la República, con algunos cambios, la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, además de reformas a cinco leyes más. El documento aprobado fue devuelto a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
Esta nueva ley busca uniformar definiciones, sanciones, agravantes y protocolos de investigación del delito de extorsión en todo el país. Fue aprobada en lo general por unanimidad con 110 votos; en lo particular, se aprobó con 95 votos a favor y 12 en contra.
Se incluyeron reformas al Código Penal Federal, al Código Nacional de Procedimientos Penales, a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a la Ley Nacional de Extinción de Dominio y a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, con el fin de armonizar criterios y procedimientos en torno al delito de extorsión.
Se incorporaron dos reservas propuestas por los senadores; la primera agrega perspectiva de género en la atención a víctimas de extorsión. La segunda endurece las penas cuando se utilicen dispositivos o plataformas electrónicas para cometer extorsión, al precisar que se incrementarán cuando se empleen medios que permitan la transmisión de cualquier tipo de información.

La reforma eleva las penas por extorsión a un rango de 15 a 25 años de prisión, por encima de los seis a 15 años planteados originalmente, y obliga a que las fiscalías cuenten con unidades y personal especializado, capacitado y certificado.
También ordena que los recursos obtenidos por extinción de dominio se destinen prioritariamente a la restitución de los derechos de las víctimas.
Establece penas de 10 a 20 años para servidores públicos que no denuncien extorsión, una sanción que el Senado decidió restituir después de que la Cámara de Diputados la redujo de 5 a 12 años a propuesta del diputado Ricardo Monreal, quien argumentó que el cambio obedecía a criterios de proporcionalidad penal.
Igualmente, impone de 6 a 12 años de cárcel a quien introduzca dispositivos electrónicos de comunicación a centros penitenciarios y mandata medidas de protección para víctimas, ofendidos y testigos durante todo el procedimiento penal.









