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El presidente chileno afirmó que las solicitudes serán revisadas caso por caso.

El presidente de Chile, José Antonio Kast, no descartó conceder indultos a personas condenadas por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura de Augusto Pinochet, entre 1973 y 1990.

En entrevista con Radio Agricultura, el mandatario señaló que las solicitudes de perdón que han llegado al Gobierno serán analizadas “caso a caso”, al considerar que el Presidente mantiene la facultad constitucional de indultar a personas con condenas firmes.

Hasta ahora, alrededor de un centenar de condenados ha presentado solicitudes ante el Ejecutivo. Kast rechazó, sin embargo, establecer una regla general y afirmó que cada petición deberá ser evaluada de acuerdo con las circunstancias particulares del condenado.

Uno de los casos que ha generado mayor atención es el del exmilitar Miguel Krassnoff, quien acumula condenas que en conjunto superan los mil años por delitos como secuestros, torturas, homicidios y desapariciones forzadas durante la dictadura.

Consultado sobre Krassnoff, Kast insistió en que los eventuales indultos deben analizarse individualmente y destacó especialmente la situación de personas que padecen enfermedades terminales. El exmilitar, por su parte, ha reivindicado el golpe de Estado de 1973 y ha expresado su expectativa de recuperar su libertad.

La posibilidad de otorgar estos beneficios ha generado preocupación entre familiares de víctimas de la dictadura y organizaciones de derechos humanos, especialmente ante otras decisiones del Gobierno en esta materia, como el recorte presupuestario al programa estatal dedicado a la búsqueda de detenidos desaparecidos.

Kast se había mostrado durante su campaña favorable a evaluar indultos para antiguos agentes de la policía política de Pinochet. Mientras sectores de la derecha han planteado incluso impulsar un indulto general, el mandatario aseguró que, por ahora, su Gobierno mantendrá la revisión individual de cada solicitud.

En Chile, el indulto presidencial está contemplado en la Constitución y permite perdonar, reducir o conmutar una pena cuando existe una sentencia firme, aunque no elimina la condena ni modifica la resolución judicial que la estableció.

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